PER: Patrón de Embarcaciones de Recreo

El título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, o como suele llamarse «El PER», habilita para hacer navegación costera en barcos de hasta 15 metros. Es el título náutico más demandado, no requiere obtener ninguna licencia ni titulación previa y para conseguirlo hay que aprobar un examen teórico tipo test y realizar unas prácticas en una escuela náutica homologada.

Es la titulación más adecuada para poder realizar todo tipo de travesías como patrón. Además de permitirnos llevar barcos de motor y de vela, con las correspondientes prácticas, el PER, también nos servirá para llevar motos de agua.

El título de Patrón de Embarcaciones de Recreo es relativamente sencillo de obtener. En aproximadamente dos meses es posible preparar el temario y realizar las prácticas necesarias. El temario no es difícil, pero hay que dedicarle algo de tiempo o asistir a un curso si preferimos ahorrar tiempo de estudio. En cuanto a las prácticas tan solo hay que asistir para obtener el certificado, no hay que realizar ningun examen.

¿Qué puedo hacer con el PER?

Con el PER podrás llevar embarcaciones a motor o vela de hasta 24 metros de eslora y todo tipo de motos náuticas sin límite de potencia, tanto de día como de noche, con navegación de hasta 12 millas en paralelo a la costa y llegar hasta las Islas Baleares.

HASTA 24 METROS DE ESLORA

Con el PER podrás gobernar embarcaciones a motor o vela de hasta 24 metros.

NAVEGACIÓN DÍA Y NOCHE

Con el PER podrás navegar tanto de día como de noche, sin limitación de horario alguna.

MOTOS DE AGUA

El PER te habilita a conducir todo tipo de motos náuticas.

HASTA 12 MILLAS DE LA COSTA

La distancia máxima permitida de navegación es de hasta 12 millas desde la costa.

HASTA 12 MILLAS DE LA COSTA

La distancia máxima permitida de navegación es de hasta 12 millas desde la costa.

Preguntas frecuentes:

Toda la información que necesitas saber sobre el PER la puedes encontrar aquí. Las respuestas a las preguntas más frecuentes para resolver cualquiera de tus dudas.

¿Necesito tener el PNB para poder hacer el curso del PER?

No, tanto el PNB como el PER son títulos independientes, por lo que si quieres hacer el PER no necesitas hacer previamente el PNB o Licencia de Navegación.

Yo ya tengo el título del PNB, ¿Me lo convalidan para hacer el PER?

Sí, se convalida parcialmente la teoría del PNB. Se tendrá que realizar por tanto el examen teórico con la parte complementaria para obtener el PER. Además se deberán realizar las prácticas obligatorias de radio y navegación correspondientes al PER.

¿Es obligatorio tener el examen teórico aprobado para comenzar a hacer las prácticas?

No. Para poder obtener el título de PER, es obligatorio tener el examen teórico aprobado y todas las prácticas realizadas, pero el orden en que se realice es indiferente. Puedes realizar las prácticas antes, durante o después de la realización de curso teórico y por supuesto, del examen.

¿Sirve un Certificado Médico expedido por mi médico de cabecera?

No. El certificado médico que la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) considera como válido, solo puede estar expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (como el que te piden para el carnet de coche o moto).

¿Tengo que hacerme el Certificado Médico antes del examen teórico?

No, el Certificado Médico se tiene que presentar al finalizar todo el curso para poder solicitar la expedición del título (gestión que realizamos nosotros).

Si suspendo el examen teórico, ¿tengo que volver a pagar todo el curso?

No. El curso tiene todo incluido (clases, prácticas, tasas, etc.) y en caso de suspender el examen teórico, solo se tendrán que volver a pagar las tasas de examen.

¿Es obligatorio hacer las prácticas de navegación a vela?

Las prácticas de navegación a vela solo son obligatorias si deseamos gobernar un velero (aunque éste lo propulsemos a motor), pero si solo queremos gobernar embarcaciones a motor (lanchas y motos de agua), la vela no es obligatoria.

Si hago el curso de PER a motor, ¿puedo ampliarlo a vela y/o baleárico más adelante?

Sí, por supuesto. Tan solo tendrás que realizar las horas de prácticas correspondientes a la ampliación del título y pagar las tasas de tramitación de expedición del nuevo título. Dependiendo del tiempo que haga que te sacaste el PER a motor, es posible que tengas que volver a expedir un certificado médico en un CRC.

Me va perfecto hacer el curso teórico pero la fecha de examen propuesta no, ¿Qué puedo hacer?

Puedes realizar el curso teórico cuando te vaya bien e inclusive realizar las prácticas. Si no puedes realizar el examen en la fecha propuesta puedes presentarte a una convocatoria posterior siempre que nos lo comuniques durante el curso.

¿Es obligatorio asistir a todas las clases teóricas?

No, claro que no, pero es muy recomendable. Junto con el libro de teoría te daremos acceso a la plataforma de exámenes on-line para que puedas practicar como si estuvieras en el examen real. Muchos de nuestros alumnos han aprobado el curso tan solo haciendo los ejercicios de la plataforma y utilizando el libro como consulta. En cualquier caso, siempre podrás preguntar al profesor vía virtual (ya sea por e-mail o teléfono) sobre las dudas que te puedan surgir.